COMPAÑEROS DE CAMPSARED



"Podeis decir lo que pensais de vuestros encargados, de los objetivos, de la venta activa, de los cursos, de Sumando valores, seguridad, promotores del cambio, sindicatos, y todo lo que querais. Hubo en tiempos un blog de un compañero en donde mucha gente dejó sus comentarios, hoy no existe y como alternativa nace CAMPSARED BLOG, para reunir a todos los que somos COMPAÑEROS DE CAMPSARED"

Este blog, como indica en la cabecera, originariamente fue creado por un compañero llamado EXPENDEDOR-VENDEDOR el 20 de noviembre de 2008 pero problemas técnicos le impidieron actualizarlo, lo que dio pie a la creación de esta segunda etapa renovada que es la que se abre a continuación.
Como aquel, mantiene la idea de tener una plataforma de comunicación, de reivindicación y sobre todo un medio de expresión para todos los trabajadores de CAMPSARED y de REPSOL, y a la que quedan invitados cualquiera de los trabajadores de EESS sean cuales sean sus marcas.

Bienvenidos todos a este foro de diálogo e información.

Recordar que si visitais esta página por primera vez, para conocer el contenido completo de este blog desde su nacimiento, deberíais comenzar por el antiguo blog pinchando en este enlace:

'www.campsaredsprint.blogspot.com'





1 de julio de 2015

JULIO-AGOSTO 2015, Comentarios

Hace tiempo que en este blog empezaron las vacaciones, con su siesta y sus ausencias de encargados, expendedores y sindicatos... solamente la empresa mantiene una maquinaria que continuamente produce manuales, proyectos, protocolos y promociones sin desfallecer. Unas más o menos acertadas, y otras que sorprende que no existieran ya. 

En este Blog vamos quedando solo los vecinos de renta antigua, el resto se ha mudado y ahora con el verano, voy a empezar a doblar meses para que los que queden de Rodríguez no abandonen el barco y se tiren al monte como el resto. Felices vacaciones

113 comentarios:

  1. Empezamos julio con una nota informativa de CCOO distribuída por las estaciones hace apenas unos minutos, noticias sobre la norma de incentivos tal como anunciaba ayer.

    "NOTA INFORMATIVA SOBRE MODIFICACIONES DE LA NORMA DE INCENTIVOS
    Madrid 1 de julio de 2015

    Compañer@s.
    En el pasado mes de junio quedaron consensuadas en la Comisión Mixta de Seguimiento de la Norma
    de Incentivos varias modificaciones en la actual Norma de Incentivos, quedando pendiente la firma del Acta a la aprobación de las ejecutivas de las Secciones Sindicales.

    La Sección Sindical de CCOO en Campsared, firmará en los próximos días el acta de esta reunión, ya que esta incluirá varias de las deficiencias que desde CCOO habíamos detectado en los primeros meses de entrada en vigor de la Norma.

    Las modificaciones afectan a cuatro aspectos de la actual Norma:

    1. MODIFICACION DE “LA LLAVE CALIDAD”
    Actualmente la Norma de incentivos contempla la pérdida del 100% del incentivo y pasar a cobrar el mínimo abonable de 56€, por tener una media cuatrimestral inferior a 7 en la pregunta calidad global de la encuesta e3.

    Desde CCOO, indicamos que esta pregunta no era adecuada como “llave” debido a que la nota no era
    responsabilidad de la gestión de la plantilla de la Estación en gran medida.

    Tras varias reuniones, se ha cambiado esta llave por la nota cuatrimestral que se obtenga de la media de las preguntas de LIMPIEZA-AMABILIDAD-RAPIDEZ.

    La nota que hará perder el 100% de los incentivos obtenidos, y pasar a cobrar el mínimo abonable, será 7,15. Esta subida se debe a que las notas medias de estas tres preguntas son superiores en esas 15 décimas a la pregunta calidad global.

    MODIFICACION DEL MINIMO ABONABLE PARA LOS ENCARGADOS GENERALES.
    Actualmente, la Norma de incentivos contempla el pago mínimo abonable a l@s Encargad@s Generales, condicionado a la obtención de al menos un 7 en nota media cuatrimestral de la pregunta calidad de la encuesta e3.

    Desde CCOO, indicamos, por un lado el mismo argumento que en la modificación de “la llave” calidad. Además, informamos que entendíamos que la condición para obtener el mínimo abonable de 56 euros debería ser la misma para todos l@s trabajador@s.

    Esa observación ha sido acepada. Pasando l@s Encargad@s Generales a obtener el mínimo
    garantizado con los mismos condicionantes que l@s expendedor@s, es decir, tener una nota media
    cuatrimestral en la pregunta limpieza general de la Estación en la encuesta e3, por encima de 6,75. (7 a partir de mayo).

    2. MODIFICACIONES EN EL BONUS DE EFICIENCIA.
    La actual Norma de Incentivos contempla el abono de 150 euros a l@s Encargad@s Generales y 75
    euros a l@s expendedor@s, que trabajen en las 100 Estaciones de Servicio que obtengan los mejores ratios de eficiencia.

    A partir de junio, el bonus de eficiencia se modificará de la siguiente manera:

    ► Las 60 mejores Estaciones en nota e3 calidad global.
    ► Las 40 mejores Estaciones en Ratio de Eficiencia.

    3. OBTENCION DE UN MINIMO ABONABLE ANUAL DE INCENTIVOS.
    Desde CCOO hemos entendido desde el primer momento que era necesario garantizar un mínimo
    abonable a todos l@s trabajador@s a l@s que afecta la Norma. Ya en su primera redacción se consiguió incluir al colectivo de Encargad@s Generales, que estaban excluidos en la anterior Norma.

    Tras varias reuniones, desde CCOO hemos conseguido que se garantice un mínimo abonable de 672
    euros durante el año 2015, a tod@s l@s trabajador@s a l@s afectados por la Norma. Es decir, que si durante este año se diese la circunstancia de que un/a trabajador/a no obtuviese esa cantidad mínima de 672 euros, en las primeras nóminas de 2016 la cantidad no obtenida se compensaría.
    Desde CCOO, os informamos que seguiremos vigilantes en la evolución de la Norma de Incentivos y que seguiremos realizando todas las propuestas que consideremos necesarias para su mejora.

    Seguiremos informando.
    José Avesada Herrera
    Secretario General CCOO Campsared
    jose.avesada@repsol.com"

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  2. El original de este comunicado lo teneis en la sección de documentos del Blog, apartado CCOO

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  3. Me meo leyendo este comunicado.
    Tu que defiendes la preparación de su personal solo tienes que leer esto para verlo.
    Seguimos igual de mal si no peor con distintas palabras.
    Muchas visitas de gente preparada, Cobo, Bermejo, etc, etc, personal más que cualificado......
    Tiene cojones la cosa.
    Como tu bien decías el mes pasado,.felicidades a Avesada,. Por su comunicado, la empresa estará super contenta.

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  4. A ver compañeros:¿Por la noche atendiendo desde la caja nocturna se puede dar tabaco?,es decir si el cliente te da el dinero y se lo sacas tú de la maquina, y se lo pasas por el cajón????

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    1. Me temo que si, aunque nada especifica la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Nos puede llevar a error la textualidad de la frase "está prohibida la venta de tabaco en forma manual", que naturalmente se refiere a que obligatoriamente hay que tenerlo a la vista y en una máquina expendedora.

      En definitiva, lo que no podemos es tener el tabaco en la zona de caja como antes, salvo los puritos, pero nada impide (ni tampoco obliga) a que una vez comprobada la mayoría de edad -y ya que la tienda está cerrada- que a solicitud del cliente realicemos la molesta tarea de realizar la extracción de tabacopor él prestándole un servicio, lo mismo que haríamos si tuviéramos máquina de café con monedas, o que tuviéramos que calentarle algo en el microondas.

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  5. Yo opino lo contrario Ankusunamun.
    En base a la ley LEY 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
    En su articulo 19.3i i) 1. Las infracciones por incumplimiento de lo previsto en esta Ley se clasifican en leves, graves y muy graves.

    La venta y suministro de productos del tabaco mediante la venta a distancia o procedimientos similares, excepto la venta a través de máquinas expendedoras.

    La venta a través del pasa paquetes no puede considerarse venta a través de maquina siendo el responsable su autor “la persona física o jurídica que cometa los hechos”.

    Se considerada una falta grave y es sancionable con multa de 601€ a 10.000€

    Luego no es ni parecido a vender un café.

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    1. No me convences, la "venta a distancia" se refiere a venta por correo de tabaco y no al caso concreto de un local que dispone de máquina expendedora como son las gasolineras. Me temo que no vamos a encontrar ninguna referencia específica, y que todo dependerá de la interpretación jurídica que se quiera hacer.

      Y pongo un ejemplo si el del café no te convence. Imaginemos que un cliente con minusvalía nos solicita a la hora de repostar (horario diurno) que le traigamos por favor un paquete de tabaco de la máquina ¿Debemos negarnos?

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  6. Es cierto que algunas estaciones optaron por adaptar con ruedas las máquinas expendedoras para acercarlas a la verja en su horario nocturno. Eso me genera la duda principal, pero no hay ninguna indicación concreta sobre este caso.

    Ni siquiera el punto 6 del artículo 3 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco deja claro este tema, ya que la venta a través de nosotros seguiría siendo directa, personal y a través de máquina expendedora.

    "6. Se prohíbe la venta y suministro de productos del tabaco por cualquier otro método que no sea la venta directa personal o a través de máquinas expendedoras[...]. Queda expresamente prohibida la venta o suministro al por menor de productos del tabaco de forma indirecta o no personal, mediante la venta a distancia o procedimientos similares.

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  7. No pretendo convencer a nadie solo expongo lo que dice la ley:

    Limitaciones a la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco
    Artículo 3. Venta y suministro de los productos del tabaco.
    1. La venta y suministro al por menor de productos del tabaco sólo podrá realizarse en la red de expendedurías de tabaco y timbre o a través de máquinas expendedoras, ubicadas en establecimientos que cuenten con las autorizaciones administrativas oportunas, para la venta mediante máquinas, y queda expresamente prohibido en cualquier otro lugar o medio.

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  8. Correcto ,y ademas solo se pueden vender en mano ,los cigarrillos o cigarros envueltos ( los llamado puritos o puros y es mas en muchas estaciones no podríamos ni venderlo porque no se llega a las 18 horas que marca dicha ley para eso y para el alcohol
    De lo demás no comento .Incentivos jajaj ,ratios ,acoso ,carga de trabajo..... para que YA NI AQUI .y en el face ni cuento,a comentarios que nos compete a los expendedores ,NI FLORES y no solo eso si no que responde A SI ESTA LLOVIENDO!!! a buen entendedor pocas palabras bastan!!!!

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  9. Después de leer las interpretaciones posibles que hay, vuelvo a pensar lo que yo creía desde un principio NO SE PUEDE VENDER SACÁNDOLO NOSOTROS. De hecho hemos pedido que nos lo den por escrito y no cuela,así que si te pilla la policía la culpa será nuestra. ¿Cómo le convences que lo has sacado de la máquina y que no lo traes de tu casa para sacarte unos euritos si te ven darlo por el cajón?

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  10. Que se lo pregunte anksunamun a ccoo que últimamente le vista mucho y le den repuesta al tema del tabasco. Por que al tema de los incentivos no se la darán jamás!!

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  11. Creo que lo más recomendable sería ponerle ruedas a la máquina y girarla por las noches en la puerta, orientada al exterior. Es lo menos costoso.

    Pero, por otro lado, dudo que un agente quiera buscarte las vueltas. Sabe que cumples ordenes. Como mucho puede pedir responsabilidades, al día siguiente, al encargado o jefe de zona.

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  12. Por un lado esto último, dudo que un agente quiera buscar las vueltas por una tontería así, además sabiendo que NO SE VENDEN CAJETILLAS SUELTAS sino que se trata de casos puntuales en los que el cliente no puede acceder. Sigo insistiendo en que depende de la interpretación.

    Nadie va a acusarnos de vender tabaco a escondidas, ya que no se trata de sacar varias cajetillas y guardarlas en la zona de caja para cuando nos pidan, sino de ir a la máquina y extraer el tabaco en cada momento que nos lo solicita el cliente. No creo siquiera que los sindicatos tengan un criterio documentado sobre esto.

    Además, aún no me habeis contestado a la pregunta del cliente minusválido ¿qué hacemos? ¿No le acercamos el tabaco por que sospechamos de su legalidad? ¿Qué cara se le quedaría?

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    1. Lo de la máquina girada al exterior fue desestimado en aquellas estaciones en las que el expendedor permanecía en el interior, ya que bloqueaba la salida ante una posible emergencia.

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  13. Vendedor Activo creo que lo primero que tenia que hacer la empresa es informar de cómo esta la legislación al respecto, sobretodo si el incumplimiento de esta puede repercutir en sus trabajadores. Como bien dices una solución es poder orientar la maquina al exterior pero eso le compete a la empresa que piensa que, mientras mi vecina sea boba para que comprar yo escoba.
    En cuanto a tus dudas de que un agente quiera buscar las vueltas a alguien, dicen en mi pueblo que ante la duda que sea yo la viuda.
    Y yo me aplico el cuento.

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  14. Si quieres rizar el rizo lo rizamos ¿que harías si ese cliente como es minusválido te pide que le des dos puñetazos a el cliente que tienes en caja por que han tenido previamente una discusión de trafico? ¿Te plantearías su legalidad? En cuanto a los sindicatos ten muy claro que el sindicato que esté de parte del trabajador te recomendara que cumplas la Ley.

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  15. El problema es que la Ley, como tu dices, no especifica nada sobre que tu no le puedas sacar el tabaco a otra persona a solicitud de ésta, y en su presencia. Todo se basa en interpretaciones, para unos será si, para otros será no.

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  16. Lo que nos prohíben es vender tabaco sin máquina expendedora, es decir, entregar el tabaco y luego coger el dinero. En este caso es al revés, cogemos el dinero, sacamos el tabaco y se lo acercamos.

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  17. ¿Entonces al minusválido le decimos que no a lo del tabaco, que no le ayudamos, que se busque la vida?

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  18. Parece que te has enrocado. Mira al minusválido le puedes decir lo que te de la gana, le puedes sacar el tabaco de la maquina, invitarle al cine, pagarle una cerveza, darle tu mail, bueno con lo de la cerveza asegúrate de que no sea menor de edad, “pero con lo del tabaco descuida que como es minusválido, no pasa nada” tío que eres libre, pero no aconsejes a nadie que lo haga que le puedes buscar un problema.

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  19. No me has dado ninguna justificación, no hay nada en que basarse, ojalá encontremos jurisprudencia en algún sitio, de momento se trata de dos criterios contrapuestos que no se apoyan en ningún texto legal. De modo que estamos al criterio de nuestros jefes, de si les parece buena idea o no, de si atendemos mejor al cliente o no. Para nosotros es una molestia desde luego, para no obtener ningún beneficio, pero creo que no pasa de ahí.

    Si encuentras algo nos lo dices, pero no coacciones sin tener pruebas de lo que dices.

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  20. Mira querido y ya no lo digo más, creo que los lectores lo entenderán.
    La Ley dice que la venta mediante máquinas, y queda expresamente prohibido en cualquier otro lugar o medio.
    Si tu, con el dinero que el cliente te da, a cambio le das una cajetilla de tabaco, el cliente esta utilizando otro medio o lugar que no es la maquina, quien interactúa con la maquina no es el cliente sino tu, y para que no se utilice otro medio o lugar debe interactuar el cliente con la maquina.

    Te has retratado querido, yo no coacciono a nadie ni trato de hacerlo, solo tienes que mirar tus comentarios tendenciosos y encontraras uno de los principales motivos por el que muchos seguidores empezaran las vacaciones como tu dices en tu comentario de julio, lo que no me esperaba es que tu terminaras siendo parte de la maquinaria propagandística de la empresa como queda de manifiesto.
    Te puedes tomar como una propina los comentarios que he realizado o mejor contrástalo con el criterio de tus jefes

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  21. Yo Ansk, haria una prueba, llamaria a Pepe Avesada y a Ladis por el tema del tabaco, y ver que respuesta te da cada uno.
    Y si sancionan a la empresa por que tu has vendido tabaco, la empresa paga la multa, pero a ti te sancionan seguro.
    Llamate a ambos y a ver que te dice cada uno.

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    1. Me apuesto los incentivos del mes que viene Jajaja a que son dos respuestas diferentes, una para los de arriba y otra para los de abajo (cada uno que lo coja como quiera)

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    2. Más que a los sindicatos debería preguntar a mi jefe de zona que es el que parte el bacalao en mi estación.

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    3. Si yo sospechase que puede ser ilegal, por supuesto que consultaría a los sindicatos.

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  22. ¿Lo de "querido" lo dices en serio? ¡Qué galantería!

    Ni proempresa ni pollas, del mismo modo que me esmero en preparar la bollería por ejemplo, nada me cuesta sacar un paquete de la máquina a un cliente que me lo ha solicitado. Cuando me pidan 20 paquetes en una noche empezará a ser una molestia, pero no por ello me negaré ya que no tengo una justificación, ni orden de la empresa. Trato de atender al cliente en la medida de lo posible, y eso no me cuesta más trabajo que el ir a por una Cocacola o un Red Bull hasta el vault y pasárselo por la ventanilla.

    Saludos cielo.

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    1. Ah, y tu también Discrepo te puedes tomar como una propina los comentarios que he realizado o mejor contrástarlos con el criterio de tus jefes. Es fácil que cada jefe opine una cosa, como dice YO.

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  23. RESTRICCIONES A LA VENTA Y CONSUMO DEL TABACO
    1. LIMITACIÓN A LA VENTA Y SUMINISTRO DE TABACO
    a) Locales de negocios: Prohibiciones y obligaciones
    * La Ley PROHÍBE:

    LA VENTA Y SUMINISTRO AL POR MENOR DE TABACO EXCEPTO EN LA RED DE EXPENDEDURÍAS DE TABACO Y TIMBRE O A TRAVÉS DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS AUTORIZADAS.
    Vender o entregar tabaco, o productos que imiten al tabaco o induzcan a fumar, a personas menores de 18 años. También prohíbe la venta de tabaco por personas menores de 18 años.
    La comercialización, venta y suministro de cigarrillos y cigarritos no provistos de capa natural en unidades sueltas o empaquetamientos de menos de 20 unidades .
    La entrega, suministro o distribución de muestras de cualquier producto de tabaco, sean o no gratuitas, y la venta de productos de tabaco con descuento al fabricante, productor, distribuidor, importador o vendedor.
    La venta al por menor de productos de tabaco de forma indirecta o no personal, mediante la venta a distancia o procedimientos similares.
    La venta en cualquier otro lugar, centro o establecimiento y espacios al aire libre donde esté prohibido fumar
    La venta de tabaco en centros y dependencias públicas, centros sanitarios, de servicios sociales, centros docentes, culturales o deportivos, y de atención y ocio de los menores de edad .

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  24. Muy bien Angel, ya había leído ese apartado, pero no especifica un caso como el que hablamos, y dudo que encontremos alguna referencia que nos lo aclare.

    En la frase donde se indica "* La Ley PROHÍBE: La venta al por menor de productos de tabaco de forma indirecta o no personal, mediante la venta a distancia o procedimientos similares," se refiere a ventas por correo, o mensajería, en ningún caso a que un cliente que está tras un cristal te solicite la prestación de un servicio de intermediación inmediato, osea, tu ayuda siguiendo sus indicaciones y ante su presencia.

    Eso no lo vamos a encontrar en ningún sitio y dudo que haya jurisprudencia, la ambigüedad del texto supone una duda razonable, puede interpretarse de ambas formas.

    Lo que no podemos es abastecernos de tabaco en la zona de caja para ir vendiendo, pero si acudir a la máquina a modo de servicio para atender una solicitud puntual.

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  25. "Es obligatorio tener un mando a distancia para la máquina expendedora, o de lo contrario no se podrá vender tabaco, porque no se puede tener activada"

    En la mayoría de "Kioscos callejeros", que también pueden vender tabaco en máquina expendedora, son ellos quienes cobran, activan y entregan el paquete de cigarrillos en mano al cliente

    A mi personalmente nadie me lo ha aclarado del todo.
    Yo, por si las moscas, no doy tabaco en mano al cliente ni sacandolo de la máquina.
    Que cada cual interprete la ley como mejor lo entienda.

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  26. A eso me refería yo, que realmente la Ley no deja claro un caso tan concreto como el que nos ocupa, y puede haber interpretaciones, lo mejor es hablar con el jefe de zona y que nos aconseje. Por supuesto nunca va a dárnoslo por escrito por que tampoco él lo tendrá claro y no querrá meter la pata.

    A mi el sentido común me dice que salvo que sea un problema para el expendedor debido al volumen de tabaco vendido o al problema del cambio, francamente es difícil negarse al favor estando allí el cliente, al otro lado de un cristal viendo la máquina de tabaco, y solicitándonos que le saquemos un paquete. Y nosotros diciéndole que le podemos vender una Cocacola pero no un paquete de tabaco pues excede a nuestras obligaciones o que no sabemos si es legal. (¡!)

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  27. ¡Quién nos iba a decir que tendríamos un tema de debate después de tanto tiempo!

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  28. ANK, tal como dices, la ley no dice nada explícitamente de lo que comentas y solo prohibe venderlos en mostrador.

    -La venta sólo podrá realizarse mediante el empleo de máquinas expendedoras. Estas deberán estar ubicadas en el interior de los locales, centros o establecimientos autorizados y en situación que permita la vigilancia directa y permanente de su uso por parte del titular del local o de sus trabajadores, debiendo éstos, en todo momento y de forma inmediata, disponer de los medios de apertura de la máquina expendedora que permita la inspección de la misma por los funcionarios del Comisionado y demás órganos competentes. Paralelamente, en dichos locales se permitirá la venta manual de cigarros y cigarritos provistos de capa natural.-

    ¿que sentido tiene el mando a distancia y tener la máquina cerrada si yo le vendo el tabaco al cliente?
    ¿solo es por control de menores de edad?
    ¿porque el tabaco de capa natural sí y los cigarrillos de papel no?


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  29. Los únicos establecimientos autorizados para la venta directa de tabaco son los estancos

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  30. ANKSUNAMUN;Te has enrocado del todo, Bien esta, ya que por ello se mueve algo este blog
    Como ya esta todo solucionado ,y estamos mas feliz que una perdiz ,no hay nada por lo que discrepar ,pues ala nos sacamos un problema de la chistera Que estaba durmiendo el sueño eterno

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  31. Lo malo es que seguimos sin saber a ciencia cierta quien lleva razón.

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  32. pues yo creo que esta claro ,solo se podrá vender en las maquinas expendedoras ,menos los paquetes de puros o puritos porque el cigarro va envuelto ( que son los que tenemos en el sotobanco) y los estancos son los sitios autorizados ,nada mas No me parece que se pueda dar a equívocos y como comentaba mas arriba tabaco y alcohol de mayor graduacion(,cosa que en algunas estaciones no cumplimos) sera en establecimientos que permanezcan 18 horas o mas abiertos
    Yo se de varios quioscos de prensa que les han hecho quitar la pequeña maquina que tenían, y al opencor de al lado de mi casa también por no cumplir lo del horario (habian puesto una maquina enorme ) causándole un gasto tremendo al estanco ,ya que no era maquina para poder colocar en otro sitio por el tamaño .Las pruebas ,creo que son concluyentes Yo por si acaso no me la juego , aunque si me quieren buscar las vueltas me las buscaran ESTO POR PARTE DE LA EMPRESA SI TENDRÁ LA INTERPRETACIÓN QUE ELLOS QUIERA ya que no hay ninguna circular al respecto
    Cosa rara ,con lo bien que se les da pasarnos notitas

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  33. Pues yo le saco el tabaco de la máquina a un minusválido que es cliente asiduo día sí día no, y lo haría con cualquier otra persona discapacitada que me lo pidiera por favor, e igualmente saco por ventanilla nocturna al cliente que me lo solicita: lo haré hasta que se me indique lo contrario.

    Las leyes que habéis puesto y se han podido leer son interpretables, y como no tengo prohibición expresa de mis superiores, hago lo que entiendo debo hacer: dar servicio, igual que cuando me piden una Coca Cola o un café.

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  34. Si un agente de la ley me ve entregando un paquete de tabaco a alguien por ventanilla, no puede demostrar que lo he vendido, porque dicha venta no ha quedado registrada por TPV.

    Si me ve sacando tabaco de la máquina, puedo alegar que es para mi.

    Lo que no puedes, por ejemplo, es abrir la máquina de tabaco y venderlo sin meter monedas en la máquina, eso si que sería infringir la ley de manera clara.

    Queda claro que hay un vacío legal en cuanto a la venta nocturna de este producto.

    ¿Sería posible que figurara una enmienda en la ley que permitiera a este tipo de establecimientos la venta por ventanilla, usando la máquina pero sacando el tabaco el trabajador de ese comercio?

    ¿Quién puede solicitar dicha enmienda? ¿Comercio? ¿Ministerio de Hacienda?

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  35. La nómina, ¿siempre en papel?
    Publicado el 2 julio, 2015 por SIGA
    http://reformalaboral.blogsiga.net/index.php/la-nomina-siempre-en-papel/#more-3579

    No hace tanto tiempo, el soporte papel en el que se reflejaba la cantidad devengada por el trabajo del mes, con la firma del trabajador, era la única forma de acreditar que estaba pagada. Por tanto, cada mes se celebraba la ceremonia de firma de dos copias del recibo (una para el que paga, otra para el que cobra) y entrega de salario en metálico, ese ritual que fortalece cualquier relación laboral.
    Desde hace ya algún tiempo el pago se ha normalizado a través de domiciliación bancaria. Y la orden de 1994 que regula el modelo de recibo de salarios, se hacía eco de esa tendencia para establecer que el comprobante de abono en cuenta puede sustituir la firma del trabajador en la nómina. La firma, no el papel en sí.
    Ahora lo peculiar es cobrar la nómina en mano, en 1994, no. La banca electrónica de particulares portátil y los teléfonos táctiles inteligentes nacieron hace menos de 8 años, aunque ahora se nos antojen indispensables.
    Muchas empresas han eliminado la parte de la ceremonia de entrega del papel que refleja el desglose de los conceptos salariales y lo han sustituido por envíos en .pdf a los correos electrónicos personales o corporativos, o por un alojamiento en una página web a la que el empleado puede acceder con una clave.
    Una empresa madrileña con 990 empleados, en actividad de contact center, comunicó en noviembre pasado al conjunto de la plantilla un nuevo sistema de visualización del recibo de nómina, para sustituir a la entrega individualizada del papel. Se habilitó para cada trabajador un acceso individual al portal del empleado, donde podrán visualizar su nómina, imprimirla o guardarla en formato .pdf desde cualquier terminal con acceso a internet. A todos se le facilitaba una clave personal para acceder a este nuevo escaparate de la nómina y la entrega de recibo en papel desapareció para todos los empleados. La empresa dejó de entregar copia alguna de nómina en papel al estar vigente un sistema alternativo.
    El comité de empresa protestó, por no haber sido consultado en una medida que perjudica a los empleados. Cobran igualmente, pero para conseguir aquella nómina que antes le daban en papel, deben utilizar su tiempo libre y recursos propios. No todos los trabajadores tienen correo electrónico, ni la empresa terminales suficientes para consultar el recibo. Esa protesta fue a parar a la Audiencia Nacional.
    La Audiencia Nacional entiende que la emisión y entrega del recibo se trata para la empresa de una “obligación de hacer, que no puede ser sustituida unilateralmente por el deudor (artículo 1166 del Código Civil) imponiendo cargas al trabajador”. Además, “ha quedado acreditado que en la empresa demandada no todos los trabajadores tienen correos personales ni todos pueden acceder desde terminales al portal del empleado, los teleoperadores tienen restringido el acceso a Internet en el trabajo, en el puesto instalado por la empresa para acceder al portal del empleado e imprimir la nómina no se puede acceder a la conexión USB para hacer la descarga de la nómina, los trabajadores acuden al puesto durante su tiempo de descanso y además, dado el número de trabajadores de la empresa, al existir un solo puesto se forman colas”.
    La empresa no solo trasladó la gestión de la impresión de la nómina a cada uno de los empleados, también limitó la posibilidad de que pudiesen hacerla en tiempo de trabajo con los terminales y medios de la compañía.
    Y así, la Audiencia Nacional estima que, para poder sustituir la entrega de recibo de salario en soporte papel, los trabajadores tienen que poder acceder a la nómina mediante terminales puestos a su disposición por la empresa en número suficiente, durante el tiempo de trabajo y con la posibilidad de imprimirlo o almacenarlo sin trabas. Como no era el caso de la empresa en cuestión, entienden nula la decisión de eliminar el soporte papel de las nóminas de los trabajadores tal y como estaba diseñada.

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    1. Me parece buena la decisión. Eliminar la nómina de papel unilateralmente sin contar con los afectados ni sus representantes no es aceptable ya que una gran mayoría de los trabajadores (desgraciadamente) desconocen o no tienen posibilidades de obtenerla de otra manera. La próxima generación posiblemente si.

      De momento lo correcto sería obrar como hacen las compañías telefónicas, la de luz, etcétera, que es preguntaral usuario si desea seguir recibiendo sus facturas en soporte de papel y se conforma con el acceso informático. Tu decides y respecto a las nóminas así debe ser.

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  36. ¿Legislación?
    ¿Tabaco?

    La primera interesada en saltarse la normativa, y lo hace, es la propia empresa.
    En Vizcaya la Guardia Civil ha estado haciendo inspecciones en diferentes gasolineras porque incumplian la normativa en materia de horarios de venta.
    La primera reacción de la empresa fue aleccionar a los trabajadotes para que mintieran a los inspectores con respecto a los horarios de apertura de la estación.
    La segunda reacción de la empresa ha sido rotular horarios falsos en las estaciones para dar la impresión de que se cumple la normativa.
    ¡Todo por la pasta!

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    1. Eso ya es más grave, y el problema es que si haces caso a los sindicatos o a la ley, no sigues las recomendaciones de la empresa, y sí, no pasa nada, pero puede pasar, la sutileza de un jefe de zona mosqueado siempre es peligrosa.

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    2. No obstante, en este caso, vosotros sois meros trabajadores sobre los que no recae ninguna responsabilidad. Una vez que la cartelera está puesta, os garantiza vuestra inmunidad, vosotros a cumplir con lo que os dicen, y allá películas.

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  37. El Gobierno vuelve a utilizar la política tributaria como arma electoral y aprobará el próximo vienes, 10 de julio de 2015, el adelanto de la rebaja del IRPF

    Enlace:
    http://ugtseccionsindicalcampsared.blogspot.com.es/2015/07/nueva-rebaja-del-irpf-para-julio-de-2015.html

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  38. Los gobernantes siempre tienen la potestad de manejar ciertos elementos en su beneficio, todos lo han hecho, yo también lo haría.

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  39. No es por nada, pero todos los veranos ocurre igual. Entre que vienen encargados nuevos, o que los que están tienen que repartirse entre su estación y la que les toca cubrir a un compañero en vacaciones, la gasolinera entra en modo deriva, y somos los expendedores los que tenemos que hacer virguerías para mantener el rumbo. Desde ocuparnos de los pedidos, a los traspasos sin ninguna obligación de ello, solo por mor de que no nos estrellemos.

    Ya lo escribí hace tiempo: LOCURA TRANSITORIA

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  40. Hola me ha comentado una compañera q le pagaron 500€ de anticipo el dia 10, pero se lo han descontado en el ultimo mes de contrato. Puede ser?

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  41. Si, porque es un anticipo que forma parte de un mes completo de nómina. Que tu compañera haga cuentas: Si ha trabajado 3 meses, por ejemplo, a razón de unos 1000 euros (sin contar pluses, etc) su montante de salario por esos 3 meses ha de ser 3x1000=3000 €. Lo que hace la empresa es adelantarte medio salario de tu último mes de contrato, y luego te da el resto cuando corresponda, incluyendo incentivos.

    De esa manera se aseguran de que el trabajador tenga poder adquisitivo al empezar a trabajar, ya que cuando cobramos a final de mes, realmente estamos cobrando lo de un mes anterior, por ejemplo: El día 19 o 21 de enero (según que bancos), cobramos lo que corresponda al periodo del 1 al 30 de diciembre.

    De tal manera, a un trabajador que empieza el día 2 de este mes, no se le puede dejar sin poder adquisitivo hasta que genere su derecho a la nómina de este mismo mes (a mediados del mes de agosto), con lo cual se le adelanta parte de una mensualidad posterior

    No se si queda claro o lo he liado más...

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  42. CERRADO POR VACACIONES

    PERDONEN LAS MOLESTIAS

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  43. El tiempo da y quita razones.
    Ya estamos en periodo vacacional!!!

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  44. NOTA INFORMATIVA CCOO INDUSTRIA - SECCIÓN SINDICAL CAMPSARED
    EL PASADO LUNES 13 DE JULIO SE FIRMÓ EL ACTA CON LAS NUEVAS MODIFICACIONES DE LA NORMA DE INCENTIVOS QUE YA OS ADELANTAMOS EN NOTAS INFORMATIVAS ANTERIORES.

    [IMG]https://scontent-mad1-1.xx.fbcdn.net/hphotos-xpf1/v/t1.0-9/11752529_986886774684380_1447501512398903423_n.jpg?oh=a99abe8f942d7f4b84ba22af640273f2&oe=561909B5[/IMG]

    [IMG]https://scontent-mad1-1.xx.fbcdn.net/hphotos-xpf1/v/t1.0-9/11752496_986886874684370_43466197583790708_n.jpg?oh=058d32e0917cf7ceb3d415ed04766043&oe=560FF220[/IMG]

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  45. Desde cuando no se pagan los turnos de explotación!?

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  46. Desde cuando no se pagan los turnos de explotación!?

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    1. Desde que te devuelven el día cuando les sale de los cataplines

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  47. No dejeis de visitar nuestro blog de información sindical

    http://ugtseccionsindicalcampsared.blogspot.com.es/

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  48. Hola necesito que me respondais a la.mayor brevedad posible. Mi suegro acaba de fallecer cuantos dias me corresponden. Gracias

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  49. Por favor si alguien lo.sabe decirmelo.Gracias.

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  50. Nos regimos por el Convenio estatal, y en el caso de parientes por afinidad, por el Estatuto de los Trabajadores (art. 37.3.b)

    Te corresponden dos días por fallecimiento de tu suegro (para los familiares en consanguinidad serían en cambio 4 días, siempre que el fallecimiento hubiera sido a menos de 150 kms. de tu domicilio). El permiso comienza el día del fallecimiento, sea día de trabajo o de descanso para ti.

    Solo tienes que justificarlo el día que te incorpores al trabajo entregando el documento que solicites en el tanatorio que incluye tu nombre y el día del fallecimiento de tu familiar.

    Te acompaño en el sentimiento.

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  51. Entoncese.corresponden dos.dias no???

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  52. Si, no es como con familiares de tu sangre que es por los que te corresponderían 4 días en la mayoría de los casos.

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  53. Vientos de cambio en la cúpula de la Delegación 10 ¿Será por vacaciones o definitivo?

    Siempre que hay cambios todos los jefes de zona se echan a temblar.

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  54. Pringao hasta el tercer grado de Consanguinidad/Afinidad. Te corresponden 4 dias de Licencia. Suegro/a se engloba en el primer grado al igual que el cónyuge, padre/madre.

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  55. Si tienes que desplazarte Hasta 150kms se amplía en 1 día más. Si supera los 350kms 1 día más. Si supera los 450kms otro día más. Total hasta 7 días Todos Retribuidos.

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  56. SFC vamos a volver loco a este hombre. Simplemente díme en qué artículo te basas de nuestros diferentes convenios para desdecirme.

    En al Pacto Sindical o en el Acuerdo Marco no dicen nada de este asunto, así que hay que remitirse al Convenio Estatal 2010-2015 de Estaciones de servicio que en su artículo 24 punto b) indica que serán cuatro días "por fallecimiento de conyuge, ascendientes o descendientes hasta de 3º grado directo en consanguididad".

    "Para otros grados de parentesco -explica- se aplicará el artículo 37.3.b) del Estatuto de los trabajadores".

    Dicho artículo dice: "Dos días [...] por el fallecimiento, [...], de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días."

    Por favor SFC ¿Puedes aclararme la duda?

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  57. Anksunamun, Adicional tercero del VII Pacto sindical

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  58. Gracias UGT Campsared, en efecto el VII Convenio Sindical hace una puntualización dentro de las disposiciones adicionales, en lo referido a licencias, y aclara que en Campsared no habrá diferencia entre parientes por consanguinidad o afinidad, no así fuera de Campsared.

    La citada aclaración dice así:
    ►"Interpretación del artículo 24 de Convenio Colectivo.
    a) El apartado b) del mencionado artículo debe entenderse referido a parientes por consanguinidad y afinidad"


    Así pues compañero Pringado mis disculpas por haber metido la pata, debes de comunicar a la empresa que amplías tu permiso por fallecimiento ateniéndote a lo reflejado en el VII Pacto Sindical 2014-2005, correspondiéndote cuatro días por ello.

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  59. AsKunamum efectivamente tu error es comprensible porque entendiste e interpretastes el articulo 24 del Convenio literalmente en cuanto al termino Consanguinidad y se te olvido el de Afinidad que no se menciona en dicho artículo al que bien hace referencia el compañero de ugt. Por tanto hay que tener en cuenta los grados de Consanguinidad y Afinidad hasta el 3° tanto en linea ascendente como descendente.

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  60. Anksunamun: Como se nota que en Campsared hemos vuelto a los "buenos tiempos", aquí todo es paz, tranquilidad, buen rollo, hemos cobrado mas que otros meses, por tanto se acabaron los problemas y "to el mundo es güeno", jajajajaj.

    Ya puedes cerrar este "chiringuito" al menos por vacaciones o mejor no, porque quizás en los próximos días se produzca alguna noticia interesante, por ejemplo ......se dice que van a "fumigar" a unos cuantos delegados regionales y otros tantos técnicos de zona porque van a reorganizar las zonas de Campsared, no quiero ni pensar que van a hacer los familiares, amigos y conocidos de los que "defenestren" si les quitan a sus padrinos.

    Esta vez a los únicos que no les va a afectar la reorganización ni les van a dar en el "disco duro" es a los expendedores, ya era hora que les toque a otros.

    ¡¡Se admiten recomendaciones para recolocación en Campsared o Repsol!!

    Felices Vacaciones y disfrutad mientras podáis

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    1. ¡Qué razón tenías Campero, va a cambiar la estructura de las Delegaciones Regionales! Parece una movida considerable a nivel de mandos. A ver que nos dicen próximamente; solo conozco estos detalles:

      •Pasaremos a tener cuatro delegaciones en lugar de las ocho actuales, lo que supone una reestructuración morrocotuda de jefes regionales y de zona.
      •Desaparece la figura de Jefe de zona impulsor y en su lugar se creará una estructura dedicada al Plan Cliente.
      •De esa estructura se seleccionarán alrededor de 50 personas que harán la función de formadores y que se encargaran de mejorar la calidad de todas las estaciones de la red.

      Habemus gran movida.

      [img]https://scontent-mad1-1.xx.fbcdn.net/hphotos-xap1/v/t1.0-9/11813240_993664210673303_3395785214421217014_n.jpg?oh=ed657a5516f7c0f6fedc40d434b45104&oe=56457D18[/img]

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  61. CCOO Campsared informa30 julio, 2015 13:42

    NFORMACION DE INTERES PARA VENDEDORES QUE SUSTITUYAN A ENCARGADOS GENERALES

    Compañer@s.

    En esta época del año es habitual que muchos vendedores acepten sustituir a los encargados en sus periodos vacacionales.

    Ante las consultas que nos estas realizando de como se debe compensar económicamente la realización de las funciones de encargado general en ese periodo, os informamos:

    QUE SIN PERJUICIO QUE PODAIS ACORDAR CONDICIONES ADICIONALES, AL MENOS, ESTE PERIODO DEBE SER ABONADO EN NOMINA COMO U506 COMPLEMENTO SUPERIOR CATEGORIA

    El abono de este concepto no se puede introducir desde la aplicación de nóminas de la Estación y debe ser tramitado desde la Delegación.

    El importe mensual de este concepto es de 269,89 euros o 8,87 euros/día.

    Este concepto también se debe abonar por sustituciones esporádicas, como la asistencia a cursos o reuniones de los encargados, o sus posibles licencias de cualquier tipo.

    Os recordamos que no se debe aceptar el abono de estas sustituciones, como horas extraordinarias, dietas, kilómetros, gratificaciones o cualquier otro concepto, que normalmente hace que no quede constancia de nuestra colaboración en la realización de estas tareas, o que se abone nuestra responsabilidad por debajo del valor del concepto U506. Estos conceptos solo se deben aceptar de forma adicional al cobro del complemento superior categoría.

    Seguiremos informando.

    José Avesada Herrera
    Secretario General
    jose.avesada@repsol.com

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  62. Buenas!!! los cambios estructurales poco hay de nuevo,mas de lo mismo A los del sótano les pasan al1er piso (piso patera ) a los del 1ero al segundo Y a los JZ "veteranos " a estos les dan mejor plaza ,que para eso se lo han ganado a pulso ¡si señor !Y mas de uno sabrá de lo que hablo SIGUE HABIENDO MAS JEFES QUE INDIOS
    Ser muy felices los que disfrutéis de las ansiadas vacaciones

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  63. Aquí os pasamos el enlace a nuestro blog de información sindical con el "Acta de la Comisión de Garantía del VII Pacto Sindical de Campsared" del día 29 de julio de 2015.

    http://ugtseccionsindicalcampsared.blogspot.com.es/2015/08/acta-comision-de-garantia-vii-pacto.html

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  64. Joder que lio se está haciendo la gente con la nueva Travel...

    Que si la azul ya no me vale para echar "gasoi"

    Que si supongo que hace descuento y no hay que pasar la MAS

    La nueva normativa para hacer facturas es de risa locuela. ¿Cuántos libros de reclamaciones se habrán gastado ya porque no permiten hacer facturas al que pusiera en su día un sólo apellido en su factura, o una "ñ", ?

    Y otra tarjetita mas, la SOLRED Taxi... No me extraña que entren con los ojos perdidos en el vacío. Nuestros queridos clientes, esos que hacen luego la encuesta E3 a oscuras para que no les veamos en bolillas, o ellos a nosotros, están un pelín bloqueados y hasta los c****nes de tanto plástico.

    Menos mal que el aire acondicionado de la tienda les baja la tensión y pasan un rato agradable conmigo hasta que me sueltan toda la retaíla de tarjetas...

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  65. Ante la proliferación de comentarios anónimos he decidido restringir nuevamente el acceso a las personas registradas.

    Si alguien anónimo quiere escribir aquí, deberá darse de alta en el enlace de seguidores, de la columna de la derecha. Total, somos cuatro, menos uno, tres.

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  66. Nuevo Organigrama:

    Anksunamun, el nuevo organigrama de Campsared que entrará en vigor el próximo mes de Septiembre, en mi opinión, va a dejar “muchos muertos en el camino”. Como dice un colega de Central, en Campsared, a nivel de puestos directivos y jefaturas, ya se han hecho todos los cambios y probaturas y experimentos posibles y el resultado sigue siendo el mismo, es decir, si no vendemos más combustibles, tienda o servicios no se producirán mayores ingresos, por tanto, dará igual que cambies, traslades o muevas a los que mandan porque no vas a obtener ninguna mejora en la cuenta de resultados y hasta ahora, que yo sepa, en los años que llevo en la empresa, ningún Presidente, Director General o Director de Operaciones lo ha conseguido, a pesar de los “ensayos” que han hecho. Este año por primera vez, después de 7 años de crisis, las ventas están aumentando y no es precisamente por la ocurrencia de algún directivo de Campsared/Repsol, sino porque el consumo, en general, está aumentando.

    Ahora va a resultar que , reduciendo el número de delegados regionales, creando unos nuevos puestos de jefes regionales, dejando a unos 50 jefes de zona con el “culo al aire” y creando “una cosa” que se llamará Plan Cliente en que darán cobijo a todos los delegados regionales, impulsores, jefes de zona, técnicos “defenestrados” o despidos y recuperando a dos antiguos delegados regionales de Madrid –de cuyo nombre no quiero acordarme- vamos a conseguir la CUADRATURA DEL CIRCULO en CAMPSARED, jajajaja. (Permitidme que me ría).

    Si esta “jugada” se le ha ocurrido al nuevo pibe argentino, estamos más que apañados.

    Publicado por Campero para COMPLEMENTOS campsared blog + ACCESO FACIL: a las 10 de agosto de 2015, 19:01

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  67. Campero, te recomiendo darte de alta para agilizar la publicación de tus comentarios, ni cuesta dinero, ni te vincula a ninguna sociedad mafiosa.

    Si tienes dudas de como hacerlo pincha en este enlace DARSE DE ALTA EN EL BLOG

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  68. El problema de la nueva organización será cuando tengamos un técnico de seguridad para 200 estaciones de servicio, por ejemplo, o un técnico de sistemas para 500, etc. Que vayan clonando técnicos de zona. Nos vamos a "jartar" de reir, ya veréis.

    Y espero que no se cuelguen la medalla de la subida de ventas, como bien afirma Campero. No somos tan tontos para pensar que ha sido por su buen hacer...

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  69. Felicidades a todos los compañeros de UGT. en su 127 aniversario.

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  70. La UGT fue fundada por un grupo de treinta y dos delegados, representantes de cuarenta y cuatro sociedades de oficios, el 12 de agosto de 1888 en Barcelona, durante un congreso que tuvo lugar en el Teatro Gran Vía, coincidiendo con la celebración de la Exposición Universal de Barcelona de 1888.

    https://es.wikipedia.org/wiki/Uni%C3%B3n_General_de_Trabajadores

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    1. Felicidades a UGT por su aniversario. Les deseo una larga vida de libertad, independencia y afán de lucha.

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  71. Como el Facebook de Trabajadores Campsared no me deja compartir, copio descaradamente este comentario sublime de Francisco Javier Delgado González que dice:

    "Me comenta una compañera que ya se me acaba la buena vida... pues llevo 15 días supliendo las vacaciones de un encargado, otros 15 la baja de otro y lo que reste, que espero que sea hasta septiembre, como mucho... Y que ella va a empezar la semana que viene.
    Qué bien, me dice. Pobrecita mia, no sabe lo que le espera... tres reuniones semanales para perder tiempo que no tienes, inventarios interminables, llamadas a las 10 de la noche o las 7 de la mañana que te ponen el corazón al borde del colapso, ese pre-venta que aprovecha tu ausencia para pedirte cajas de gominolas que acabarán por pudrirse en el almacén, esas aplicaciones informáticas que te putean el día cuando tardan en ejecutarse como 40 minutos...

    El que quiera el puesto de Encargado General, que se apunte a un curso de meditación y relajación, pues lo va a necesitar. Ah, y que prepare los papeles del divorcio, si está casado/a, porque así a ojo, ya conozco 3 o 4 compañeros cuyo matrimonio se ha ido al garete, o ha estado en el borde del precipicio una temporada, por la atención que le acabamos dedicando a las tareas de dicho puesto...queriendo o sin querer... promocionar."

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  72. Ya comentaba yo el año pasado lo que significa EL PODER DEL ANILLO

    [img]https://scontent-mad1-1.xx.fbcdn.net/hphotos-xpt1/v/t1.0-9/11896093_1003789156327475_6655882310841114323_n.jpg?oh=b94c1c92f7a8681707471374af1f5ba0&oe=563D58AC[/img]

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  73. Copio aquí tu comentario compañero, que es donde realmente tendría que ir y no donde lo has escrito:

    Pringado dice:
    Hola, ¿Es verdad que los que teneis la nomina domiciliada en Caixa cobrais antes que, por ejemplo, los que la tienen en el.Santander?

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  74. Pues si, los que tenemos la nómina en La Caixa cobramos justo un día antes que los que los tienen en el resto de los bancos.

    Por ejemplo, hoy precisamente día 19 hemos cobrado en la Caixa, y mañana cobrarán todos los demás.

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  75. Yo tengo mi nómina en el Santander y ayer por la tarde también tenía el ingreso hecho, así que, al menos, matizo que el día 19 la tenemos los de Caixa y Santander, y un día después "todos los demás", al menos hasta donde yo conozco.

    Un saludo y buen verano.

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  76. Hola y si tienes una multa pendiente o.deuda y te embargan la nomina la empresa te avisa antes??? O directamente te hace el embargo y ya esta???

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    1. Nunca me han embargado una nómina ni he leído información al respecto.

      No sé si habrá obligación de notificar por parte de la empresa o directamente te retienen la parte correspondiente al embargo: es probable que te den "el castañazo" sin avisar, aunque también es probable que la Administración que embargue sí te diera el correspondiente aviso.

      A ver si alguien te sabe concretar.

      Un saludo.

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    2. Si tienes una multa pendiente o deuda te embargan la nomina y la empresa NO TE AVISA.

      Tráfico, el ayuntamiento, Hacienda o un juzgado mandan la orden de embargo a la empresa, y ésta la aplica sin avisarte. Quién si te avisa es el organismo que ejecuta el embargo. A ti, un buen día te viene la nómina recortada en una cantidad X (En un sueldo de 1.200 € te quitarían entre 165 y 195 €, y dependiendo de si tienes personas a tu cargo puede bajar aún más), que viene a ser una quinta parte de tu sueldo. El embargo se sucederá durante meses hasta que pagues la deuda.

      ¡Ojo!, lo digo por experiencia, una vez que te empieza el embargo, no sirve que pagues lo que debes, la empresa continuará descontando hasta que complete lo que dice la orden. Será el organismo que solicitó el embargo el que te devuelva las cantidades que la empresa ha ingresado de más en lar arcas públicas.

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  77. Es normal q un expendedor cobre 1100 €. ? Es q el.mes pasado cobre mas y estoy mosqeado no se por q?

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    1. Por si te vale, este mes yo he cobrado 65€ menos que tú, así que es normal, sí, incluso menos para los que no tenemos "mochila" a nuestras espaldas (un complemento de 110€ mensuales que sólo mantienen los expendedores con fecha de ingreso en la empresa anterior al 1 de Julio de 2014).

      En el salario incluyen muchos conceptos, unos básicos y fijos, y otros variables, por lo que no todos los expendedores cobramos lo mismo.

      Saludos de nuevo.

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  78. A mi es que me a variado del mes pasado a este 150€ y estoy muy mosqueado por q no se de donde viene esto

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    1. Si tienes pendiente una deuda y dicen de embargarte la nomina la empresa te avisaria????O practicaria directamente el embargo sin decir nada????

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  79. Como dice Belorofonte es muy posible cobrar 150 € de menos, todo depende de incentivos, días de trabajo, noches, transporte... mil cosas, es perfectamente posible. También puede que te hayan retenido una multa como sospechas, aunque debería ser bastante antigua como para que en ejecutiva decidan embargarte.

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  80. Me hace mucha gracia como enseñamos el oficio a los eventuales que nos cubren las vacaciones. Lo normal es enseñarles, lo primero, todo lo relativo a la seguridad propia, de los clientes y del establecimiento. El funcionamiento de un lavadero, del TPV, del cuadro de luces, del horno, limpieza, llaves de paso del agua, puertas, cerraduras, etc.

    Digo que eso sería lo normal, como cuando el aprendiz de un alfarero entra el primer día al taller y se empapa de todo lo que hay, donde están las herramientas, y que es lo que tiene que hacer para que el negocio funcione... Luego, más adelante, si la cosa va bien, aprenderá a hacer jarrones de 1ª calidad para encargos de clientes exigentes.

    Pues en Campsa Red, para ser únicos y exclusivos en nuestra especie y diferenciarnos de nuestra competencia, lo primero que tiene que hacer cualquier expendedor-vendedor que lleve una semana es aprender a repetir como un loro "¿Quiere llevarse unas bonitas gafas?", así hasta que venda 20 o 30 por turno, como poco, ya que todos sabemos que la UNICA manera de darle salida a un producto es machacar al cliente con los atributos del mismo, importando un carajo si hemos salido a atenderle, si necesita otra cosa, si hay que hacerle factura o si se le ha quedado el vehículo atascado en el tren de lavado.

    Vamos, que al aprendiz de alfarero le ponemos a hacer piezas de categoría desde el primer momento, aunque no sepa manejar ni el tornero, ignore la proporción de agua y arcilla que lleve cada cosa, y desconozca donde están las herramientas.

    Es una irresponsabilidad que cometemos año tras año. Seguimos insistiendo en que la gente que llega nueva aprenda en 4 días lo que nosotros hemos tardado en aprender 5 años, por muy espabilados que seamos, y además pretendemos que tengan labia comercial desde el primer momento. Si le falta dinero por una vuelta mal dada, o porque no sabe procesar la promoción de las gafas en el TPV, es lo de menos. Nuestros jefes quieren ver color verde en nuestro histórico diario de ventas de lupas. O de vasos. O de Jarrones chinos.

    Me parece empezar la casa desde el tejado año tras año, con la contumacia propia del que pega cabezazos contra la pared esperando que esta se rompa.

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  81. Me gusta tu comentario, Vendedor Activo.

    Nuestros superiores solo demuestran interés por un concepto que es el máximo beneficio a corto plazo para embolsarse sus comisiones.

    Todo lo demás es secundario.

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  82. COMENTARIOS TRASLADADOS POR HABERSE REALIZADO EN APARTADOS QUE NO CORRESPONDEN AL HILO PRINCIPAL

    Anónimo 24 agosto, 2015 12:38
    La nómina pasa a ser embargada en su totalidad o en parte según orden judicial y se hace efectiva sin que la Empresa sepa nada. La orden de embargo pasa a la Entidad Bancaria donde tengas domiciliada la nómina.


    El abogado del diablo 25 agosto, 2015 09:45
    Compañero: La orden de embargo en la nómina de un trabajador la comunica, casi siempre, un juez como consecuencia de una causa judicial (falta de pago, divorcio o separación -como causas mas comunes) al departamento de personal de la empresa, para que estos ejecuten la sentencia, es decir, le retengan mensualmente una parte de la cantidad que percibe en su retribución mensual. A ningún trabajador le pueden embargar la totalidad de su sueldo mensual, porque la ley lo prohíbe ya que hay una parte del sueldo que es inembargable. El limite lo marca el Salario Mínimo Profesional.

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  83. Anksunamun: Debido a las vacaciones no he podido responder antes a tu petición de darme de alta en tu blog, no obstante, el próximo día 1 de Septiembre con el comienzo del mes y del nuevo "curso escolar", comentaré algunos aspectos de la nueva organización central y periférica de Campsared así como la situación financiera tan delicada en la que se encuentra REPSOL, después de la "aventura" en la que nos ha embarcado el presidente Brufau con la compra de la empresa petrolera Canadiense la baja del precio del petróleo (recomiendo leer un articulo en el CONFIDENCIAL de hoy para poneros al corriente).

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  84. Si no lo he entendido mal, Repsol compró petróleo a un precio mucho mayor (cuando absorbió la petrolera canadiense) del que lo va a tener que vender, debido al precio medio actual en el mercado mundial, con lo cual la mitad de la inversión realizada se va a ir por el retrete...

    Espero que no lo paguemos con nuestros bolsillos. Habrán previsto esta situación... Son mega-profesionales de las finanzas y prevén desastres económicos, con lo cual podemos estar tranquilos.... Oh wait!!!

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  85. Vendedor-Activo: Los "aires de grandeza" que a veces suelen tener los máximos responsables de las empresas del Ibex-35, les llevan a realizar negocios ruinosos -que en ocasiones- se tienen que arrepentir el resto de su existencia, esperemos -por la cuenta que nos tiene- que la compra de la petrolera Canadiense no traiga malas consecuencias para los "sufridos trabajadores" del Grupo. Es preocupante el endeudamiento que ha contraído la empresa por ese negocio, es preocupante la bajada del precio del petróleo, es preocupante la venta de activos (participación e CLH) es preocupante la bajada estrepitosa del valor de la acción de Repsol ¿Qué mas?, ah si, la multitud de gasolineras de bajo coste o desatendidas que han construido.... seguiremos formando.

    Finalmente hay un dato relativo a las "Cuentas de Campsared " que quiero resaltar, y es que no sé si es mérito de José Avesada (dicho con el mayor de los respetos) o es casualidad. El coste de los sueldos y salarios del personal en el año actual, a pesar de los años de crisis, no ha disminuido nada comparándolo con los del año 2008, es decir, que la pretensión que tenia el anterior "mandamás" de rebajar casi el 20% en la cuenta de personal se ha quedado en "agua de borrajas".

    Aunque estos asuntos a una gran mayoría de los currantes "se la trae al pairo" a otros muchos si les puede interesar.
    Salud

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  86. Los eventuales que han entrado a partir de este año están cobrando bastante menos que el personal indefinido que lleve más de 1 quinquenio. Así a ojo, y sin mirar cantidades, los que cubren vacaciones y bajas tienen en su nómina 2 o 3 conceptos menos que en la del resto de expendedores con contrato fijo.

    Algo se han ahorrado pagando menos a los empleados que llegan nuevos y que desempeñan las mismas funciones que sus compañeros de estación.

    Pero ojito, que no se quejen que tenemos 4 millones de candidatos más, deseosos todos de ser gasolineros. O incluso 30 millones contando con la población menor de edad a la que ya les valga un traje y a los jubilados deseosos de reengancharse al dia a dia laboral con tal de trabajar en nuestra gloriosa empresa.

    A los que entran nuevos, por cierto, se les repite esta cansina consigna una y otra vez, como si no hubiera más argumentos para luchar por el puesto, que los hay (sueldo decente que se cobra si o si todos los meses, horario fijo, seguridad en el puesto, contratos de más de 3 meses, etc), lo que ocurre es que nuestros técnicos de zona, salvo honrosas excepciones, no encuentran más beneficios de currar en esta casa que el evitar la cola del paro, como si el hecho de no trabajar aquí te cerrara la puerta al resto de empleos disponibles, y fueras un fracasado destinado a patear aceras toda tu vida.

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  87. Gracias a todos por intervenir.

    Estoy pasando una temporada que un buen pintor hubiese llamado "periodo negro", de ahí mi poca participación.

    [img]http://www.salud180.com/sites/www.salud180.com/files/140261191.jpg[/img]

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  88. Se habló de que era mérito de Avesada el que no disminuyera mucho el sueldo, alguien se cree eso?? Si la realidad es que Avesada es un títere de la empresa.

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  89. Compañeros: Hoy día 31 de Agosto nos tenemos que despedir de la Campsared que hemos tenido durante 28 años de vida, porque mañana 1 de Septiembre comenzará su andadura otra empresa, que no sabemos quien la ha diseñado, -seguro que los "ingenieros" de ATkearney o Altair, que va a sustituir a la organización Central y periférica actual. Jod... Con la que se avecina. Seguiremos informando.

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  90. MUY IMPORTANTE
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